Pinamar | Martín Yesa se equivocó y admitió que no puede restringir el ingreso al distrito
El intendente de Pinamar, Martín Yeza, reclamó al Gobierno nacional que refuerce los controles en las rutas nacionales y provinciales para evitar que durante el fin de semana largo concurran turistas a esa ciudad balnearia, vulnerando las medidas de prevención que buscan contener el avance del coronavirus.
«Si yo no bloqueo las entradas la van a bloquear los vecinos», advirtió Yeza en diálogo con Télam.
Pero hoy admitió en sus redes sociales, bajando la espuma del sensacionalismo, que él no tiene la potestad de limitar el acceso al distrito que dirige:
La Constitución de 1857 fue la primera en establecer el derecho al libre tránsito, con esta redacción:
En la Constitución de 1917, por su parte, en su artículo 11 planteó este derecho de la siguiente manera:
Este último texto ha sido modificado sólo una vez desde que entregó en vigor, en junio de 2011 para quedar con esta redacción:
Artículo 11. Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país. En caso de persecución, por motivos de orden político, toda persona tiene derecho de solicitar asilo; por causas de carácter humanitario se recibirá refugio. La ley regulará sus procedencias y excepciones.
Dentro del texto mismo podemos detectar las libertades que nos garantiza este derecho: el derecho a entrar y salir del país; el derecho al asilo; la libertad de mudarse; y la libertad de viajar por el territorio.
Lo único que podría limitar estos artículos de la Constitución Nacional Argentina es una decisión excepcional de Poder Ejecutivo o un Estado de sitio.
En el caso del Partido de La Costa, el intendente Crisitan Cardozo se comprometió a dejar un mensaje tajante y avalado por los decretos nacionales y pedidos de expertos de mantenerse en casa y a resguardo: «no vengan a La Costa», asimismo aseguró que «no va haber ningún servicio al turista». De igual menra, se manejó el Jefe comunal de Villa Gesell, Gustavo Barrera.