#Coronavirus: Multas de 100 mil pesos y hasta 15 años de cárcel para quienes incumplan el aislamiento

El presidente Alberto Fernández decretó una cuarentena obligatoria de 14 días para quienes lleguen al país desde los países más afectados por la epidemia del Coronavirus.

«La persona que cumple esa cuarentena de 14 días después de viajar, tiene la obligación de recluirse en soledad en su casa. No va a ser voluntario como hasta el día de hoy, que es una recomendación. Ahora será con las consecuencias que eso supone. Si no lo cumple, estará incurriendo en un delito, que es el delito que pone en riesgo a la salud pública», explicó por cadena nacional.

El Código Penal trata esa situación en dos artículos: el 205 y el 202.

ARTÍCULO 205: Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia.

ARTÍCULO 202: Será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas.

En tanto, el artículo 203 prevé multas «de entre 5 mil a 100 mil pesos» cuando la propagación fuera cometida “por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo”.

En el caso de que tuviere como resultado enfermedad o muerte «se aplicará prisión de 6 meses a 5 años«.

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