21 de diciembre de 2024

El medio aguinaldo de diciembre volverá a estar alcanzado por Ganancias

Pese a que la AFIP avisó que el impuesto se fue prorrateando en cuotas durante el año para evitar una fuerte retención, una gran cantidad de trabajadores sufrirá el gravamen ya que muchos empleadores no se adhirieron a este punto. Por otro lado, el Gobierno se muestra optimista con una elevación del 29% en el mínimo no imponible para 2018.

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Pese a que la AFIP avisó que el impuesto se fue prorrateando en cuotas durante el año para evitar una fuerte retención, una gran cantidad de trabajadores sufrirá el gravamen ya que muchos empleadores no se adhirieron a este punto. Por otro lado, el Gobierno se muestra optimista con una elevación del 29% en el mínimo no imponible para 2018.

El medio aguinaldo del mes de diciembre sufrirá la retención del impuesto a las Ganancias pese a la normativa de AFIP de prorratear el gravamen a lo largo del año.Algunos trabajadores lo sufrirán más que otros pero esta práctica que fue muy criticada hasta 2014 volverá a la escena en este fin de año a pesar del optimismo del Gobierno por las modificaciones.

La Ley 27.346 que comenzó a aplicarse este año estableció un prorrateo equivalente al 8,33% del sueldo, que se toma como pago a cuenta de lo que el trabajador cobrará en diciembre. De esta forma se busca evitar que el pago del medio aguinaldo lleve al ingreso del empleado a una categoría superior por lo que sufriría un gravamen equivalente al mismo monto del sueldo anual complementario (SAC).

De todos modos la iniciativa del Ejecutivo no tiene en cuenta tres ejes que quedan al descubierto y que llevará a que casi todos los trabajadores alcanzados por el impuesto deban tributar el medio aguinaldo:

– Si el trabajador recibió algún aumento de sueldo en el semestre, como el aguinaldo se calcula como la mitad de la mayor remuneración del período podrían tener una deducción de Ganancias superior a la proporción del 8,33% del último ingreso.

– Por problemas de instrumentación del nuevo sistema el agregado mensual del 8,33% del salario para determinar el saldo a retener de Ganancias no se aplicó en los meses previos se deberá agregar en diciembre.

– Si un empleado agregó una ocupación principal adicional (pluriempleo) en algún momento del año, que le generó ingresos extra, también sufrirá una mayor proporción del descuento de Ganancias. Además, los técnicos de la AFIP recomiendan que cada trabajador esté al día con la carga de las deducciones permitidas del Impuesto.

Para que los trabajadores no tengan sorpresas con Ganancias a la hora de cobrar el aguinaldo, la AFIP recomendó estar al día con la carga de las deducciones. Esto se hace obligatoriamente por internet a través del sistema Siradig, al que se puede acceder desde el sitio de la AFIP, con clave fiscal nivel 2.

El Gobierno por su parte mantiene el optimismo de que en 2018 se elevará el mínimo no imponible en un 29% según la Ley 27346 ya que las variables que definen quiénes pagan Ganancias y cuánto tributan se ajustarán según la variación que haya tenido el índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) entre octubre de un año y octubre del año siguiente.

Fuente: Políticargentina

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