Seguros: Qué documentos se deben presentar ante un siniestro

Carlos Annoni, representante de La Segunda Seguros, informó que la falta de coincidencia entre el domicilio que figura en el D.N.I. y el que aparece en el registro de conducir “no es motivo de inhibición del siniestro”.

“Es una normativa que se empezará a establecer, pero en la práctica las compañías de seguro no están pidiendo corroborar el documento con el registro. Para las compañías, que la persona tenga el registro habilitante para conducir sacado en cualquier lugar permitido, es un documento válido”, afirmó.

Annoni señaló, en cambio, que no tener registro, conducir alcoholizado o manejar a contramano sí son motivos de rechazo.

Escuchá la nota:

http://youtu.be/UGQyPM_kSO8

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