23 de diciembre de 2024

Reprograman las deudas contraídas por municipios con el estado bonaerense

El Poder Ejecutivo bonaerense oficializó la reprogramación de las deudas contraídas por los municipios con el Estado provincial, a través de la resolución 435 publicada en el Boletín Oficial del distrito.

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El Poder Ejecutivo bonaerense oficializó la reprogramación de las deudas contraídas por los municipios con el Estado provincial, a través de la resolución 435 publicada en el Boletín Oficial del distrito.

Se trata de unos 4.500 millones de pesos que el Gobierno provincial envió a los municipios para hacer frente a la pandemia de coronavirus, y que los intendentes debían comenzar a devolver el mes pasado.

En el marco de las negociaciones en torno de la Ley de Financiamiento, los jefes comunales acordaron con la administración provincial diferir ese pago para enero y pautar que ese pago se hará en 18 cuotas.

Así, en la resolución se determinó «la reprogramación del stock de deuda municipal al 15 de agosto de 2020 en concepto del Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal creado por el Decreto No 264/20″.

Se otorgó un plazo de gracia hasta el 31 de diciembre de este año, y se fijó un plazo de devolución «de hasta 18 meses contados desde el momento de finalización del período de gracia, en cuotas mensuales, iguales y consecutivas».

En los fundamentos de la medida, se destacó que «la crisis sanitaria, económica y social impacta sobre el normal funcionamiento de las administraciones provincial y municipal, que se ven en la necesidad de atender mayores demandas de gastos en un contexto de caída de la recaudación de tributos en los tres niveles de gobierno».

Se añadió que «resulta necesario que los municipios que integran la provincia de Buenos Aires lleven adelante acciones en pos de paliar y atender la emergencia mencionada, preservando el bienestar de sus comunidades».

«Atento al aplazamiento de la emergencia aludida y frente a la continuidad de los condicionamientos financieros que dieron lugar al dictado del Decreto 264/20, resulta necesario que las jurisdicciones municipales puedan mantener la aplicación de las políticas públicas que coadyuven a sostener los niveles de empleo, preservar las actividades productivas y financiar la asistencia requerida por los sectores sociales desprotegidos«, se subrayó.

Por ello, se determinó que «resulta necesario reformular las condiciones financieras de reembolso de las asistencias financieras otorgadas a las comunas, invitando a aquellos Municipios que hayan percibido recursos por el fondo aludido a incorporarse a la reprogramación de las deudas».

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