Esta medida, establecida para facilitar la operatoria de los usuarios, ya se encontraba vigente hasta el 30 de junio y había tenido una primera prórroga hasta el 30 de septiembre inclusive.
Según el comunicado difundido este jueves por la autoridad monetaria «las entidades financieras no pueden cobrar cargos ni comisiones por cualquiera de las operaciones (depósitos, extracciones, consultas, etc.) efectuadas mediante todos los cajeros automáticos habilitados y operados por ellas en el país, más allá del importe o de la cantidad de extracciones, sea el usuario cliente o no de la entidad».
También continúa vigente la medida que establece que todas las entidades deben permitir montos de extracción por cajero automático como mínimo de 15.000 pesos (acumulado diario). Esto incluye a las extracciones realizadas tanto por personas humanas como jurídicas, con independencia de si son clientes o no de la entidad.
El BCRA, presidido por Miguel Ángel Pesce, resolvió además prolongar hasta el 31 de diciembre de 2020 el periodo en el que las entidades no pueden cargar intereses punitorios sobre los montos no pagados de créditos concedidos.
De esta manera, los saldos impagos de créditos otorgados por entidades financieras, incluyendo los que se actualizan por UVA, cuyas cuotas vencen entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de 2020, no devengarán intereses punitorios.